Aduanas de Uruguay y Corea firman Acuerdo de Reconocimiento Mutuo

Fecha: 15/12/2017

El día viernes 15 de diciembre, se firmó en Bruselas el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (ARM) entre la Dirección Nacional de Aduanas y el Servicio Aduanero de Corea. El Director Nacional de Aduanas, Cr. Enrique Canon y el Director de la División de Información y Asuntos Internacionales del Servicio Aduanero de Corea, KANG, Tae-il, sellaron el Acuerdo.

La firma se lleva a cabo en el marco del Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República de Corea sobre Cooperación y Asistencia Mutua en Asuntos Aduaneros, firmado el 15 de noviembre de 2016 en Seúl, y aprobado por Ley N° 19.523.

El ARM representa el resultado de intensas negociaciones y trabajos técnicos que comenzaron el 10 de agosto de 2015 con la firma de un Plan de Acción entre ambas aduanas con el fin de avanzar hacia el reconocimiento atravesando distintas etapas tales como Estudio de los Programas de Operador Economico Autorizado (OEA) implementados por ambos organismos, realización de Validaciones conjuntas y negociación del texto del Acuerdo.

En términos generales, este acuerdo establece los responsables por su implementación y el alcance,  la compatibilidad de los Programas en cuanto a los criterios de acreditación, procedimientos de aplicación a los Programas, procesos de validación y mecanismos de autorización que deberán asegurar las partes, y los principios y estándares del Marco SAFE de la OMA.

Dentro de este proceso que culminó con la firma del acuerdo y que tiene antecedentes trascedentes, se puede destacar la visita realizada en el 2014 a la República de Corea del entonces gerente del Área de Gestión Operativa Aduanera (AGOA), Andrés Méndez.

El texto firmado por estos días, hace referencia al alcance del reconocimiento mutuo y a la aceptación de los resultados de validación y autorización concedida a los OEA de la otra Parte; así como a los beneficios y las medidas de facilitación de comercio a otorgarles.

Asimismo, se establecen disposiciones respecto al intercambio de información de las empresas y al funcionamiento y evolución de sus Programas OEA, así como a la confidencialidad de dicha información; se plasma la voluntad de implementar activamente el Acuerdo para fortalecer la cadena de suministro, compartir información sobre los beneficios brindados a los OEA de la otra Parte, así como continuar brindando nuevas medidas de facilitación del comercio.

 

 

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