ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA CON BRASIL

Fecha: 14/12/2012

Representantes plenipotenciarios de Brasil y Uruguay mandatados por sus respectivos presidentes participaron en Río de Janeiro de un encuentro en el que se concretó el Acuerdo de Complementación Económica N° 2. El Director Nacional de Aduanas de Uruguay, Cr. Enrique Canon, integró la delegación uruguaya y participó en los debates para formular acuerdos sobre temas aduaneros.

Los Presidentes de ambos países habían manifestado la voluntad de concretar la libre circulación de bienes y servicios. Además, la necesidad de contar con un instrumento que permita avanzar efectivamente hacia el objetivo referido a través de la implementación, en el corto plazo, de compromisos tendientes a profundizar la relación comercial entre ambos países.

El Director Nacional, Cr. Enrique Canon, junto otros representantes del gobierno encabezados por el Subsecretario de Economía y Finanzas, Ec. Luis Porto, y en acuerdos con sus pares de Brasil, lograron establecer un procedimiento expedito de despacho en la liberación aduanera de las mercaderías comercializada entre ambos países.

El acuerdo señala que este procedimiento de despacho se aplicará al comercio bilateral de mercadería originaria de ambos países que ingresen por frontera terrestre a través de Cadenas Logísticas Seguras y redes de tránsito que cumplan con requisitos específicos.

También se acordó que las empresas intervinientes en las Cadenas Logísticas Seguras de Brasil y Uruguay serán habilitadas por las autoridades aduaneras del país en el que está constituida la empresa en el acso de cumplimiento de la conformidad aduaner.

En el marco de este acuerdo las partes se comprometieron a profundizar el procedimiento en aspectos tales como el envío de información anticipada, cooperación aduanera, posibilidad de identificar en común mercaderías sensibles y realizar la fiscalización conjunta, la utilización de dispositivos electrónicos de monitoreo, utilizar las Declaraciones Simplificadas de Importación y Exportación y establecer mecanismos que aseguren la tramitación ágil de las operaciones de frontera.

Los representantes de ambos países en estos temas decidieron acordar las reglamentaciones necesarias en un plazo no mayor a 180 días.

 

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