Regimen de Franquicia (vigente desde 1º de mayo de 2026)

Fecha: 09/01/2026

Régimen de Franquicia (compras o envíos postales internacionales exonerados de aranceles a la importación)

Monto anual de hasta U$S 800

Ese monto puede usarse hasta en 3 envíos por año (sean compras u obsequios computan).

El destinatario debe ser persona física mayor de edad (no puede ser persona jurídica) y con documento de identidad uruguayo.

Sólo puede tener destino de uso personal, no para fines comerciales.

Si se trata de una compra, el pago debe de haberse realizado por medio de tarjeta de crédito o débito internacional o instrumento de dinero electrónico internacional, emitidos por instituciones reguladas por el Banco Central.

La titularidad del medio de pago debe coincidir con la del titular de la compra y destinatario del envío.

 Se tributa IVA por estas compras salvo, las siguientes situaciones que están exoneradas:

-envíos postales procedentes de países con los que exista acuerdo comercial que contengan compromisos en la materia (actualmente Estados Unidos) hasta un límite de U$S 200 por envío. *

- envíos postales que contengan obsequios familiares (envío no comercial, remitido y consignado por personas físicas, que contenga mercadería en cantidades razonables, nuevas o usadas, para uso o consumo personal del destinatario, sin fines comerciales).

 

*Se entienden envíos procedentes de Estados Unidos los envíos embarcados por el vendedor residente fiscal en ese país, con destino a Uruguay. La residencia del remitente se acreditará con la correspondiente factura.

A partir del 1º de julio de 2026 además de esos requisitos será exigible que el emisor de la factura esté registrado ante la Dirección Nacional de Aduanas (RG 9/2026 Y 12/2026).

Empresas registradas: Xipron Inc (Tiendamía), United States Xpress Inc, Grinbox Corp y Netbox Corp. 

 

Otras informaciones:

Valor de la mercadería: será el que surja del total de la factura original de compra, incluidos todos los conceptos que figuren adicionados en ella, cuando la naturaleza del bien y el modo de adquisición requieran ese tipo de documentación, y en los restantes casos el que surja de la declaración de valor (ej. Caso de obsequios familiares).

En todos los casos el envío debe acompañarse de la documentación que acredite su valor.

 

¡A tener en cuenta! Período de transición 2026

 Durante el año 2026 convivirán los regímenes: el vigente hasta el 30/04 y el que entra en vigencia a partir del 01/05.

A los efectos del cómputo de los límites de monto de USD 800 y de las cantidades de envíos, se considerarán todos los envíos realizados en el año civil.

 

   Seguinos:

      YouTube