Glosario

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Término Descripción
Embalaje Cualquier medio material, que sirve para acondicionar, presentar, embalar, manipular, almacenar, conservar y transportar una mercancía. Todo aquello que agrupa, contiene y protege debidamente los productos envasados, facilitando el manejo en las operaciones de transporte y almacenamiento, e identifica su contenido. Por medio del embalaje se protegen los productos contra los riesgos de transporte a que están expuestos durante su traslado a puntos distantes, con objeto de que lleguen al comprador sin sufrir mermas o deformaciones y en aceptables condiciones de calidad y presentación. (Glosario de Términos Aduaneros de ALADI)
Embarcación Cualquier construcción expresamente habilitada por la autoridad competente, destinada a la navegación marítima, fluvial o lacustre.
Embarcador Se refiere a aquella persona física o jurídica que entrega mercadería para ser transportada
Embarque Consolidado Consolidación de varias mercaderías, en los embarques de varios expedidores, para formar una carga única.
Embarque en Consignación Modalidad por la cual las mercaderías permanecen en poder del importador, hasta que sean vendidas, momento en el cual se produce el pago respectivo por dicho concepto al exportador correspondiente.
Embarque menguado Cuando no se embarca el total de la mercancía se dice que es "short shipment" (Glosario de Términos Aduaneros de ALADI)
Embarque. Definición Por embarque se entiende la acción de cargar las mercaderías sobre los medios de transporte en que han de salir del recinto aduanero con destino al exterior o a otras Aduanas del país. (Código Aduanero. Artículo 46)
Embarque. Modalidades El embarque puede ser directo de plazo o de depósito. El embarque directo consiste en la carga de las mercaderías directamente sobre los medios de transporte que han de retirarlas del recinto aduanero, sin introducirlas en los depósitos aduaneros fiscales o particulares habilitados al efecto. El embarque de depósito consiste en la carga de las mercaderías procedente de los depósitos fiscales o particulares habilitados al efecto. (Código Aduanero. Artículo 47)
En fábrica (EXW) (... lugar convenido) En Fábrica significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega al poner la mercadería es su fábrica, taller, etc. A disposición del comprador. No es responsable ni de cargar la mercadería en el vehículo proporcionado por el comprador ni de despacharla de aduana para la exportación, salvo acuerdo en otros en otro sentido. El comprador soporta todos los gastos y riesgos de retirar la mercadería desde el domicilio del vendedor hasta su destino.(Término extraído de los INCOTERMS 2000)
En tránsito Se dice de los productos que están siendo transportados pero aún no llegan a destino.El pasaje por el territorio aduanero de un país, de mercaderías o bienes que podrán desembarcarse, depositarse, que sólo podrán ser objetos de operaciones destinadas a asegurar su conservación e impedir su deterioro, tales como reparar, precintar y otras similares, debiendo salir dentro un plazo pre-fijado por las autoridades. (Glosario de Términos Aduaneros de ALADI)
Enclave Aduanero Por enclave aduanero nacional se entiende la parte del territorio de otro país en cuyo ámbito geográfico se permite, la aplicación de las disposiciones aduaneras de nuestro país. (Código Aduanero. Artículo 6)
Encomiendas. Definición Por encomiendas se entiende los envíos de artículos cuyo valor y peso no exceda del que fije al respecto la reglamentación correspondiente. Constituyen encomiendas postales, a los fines aduaneros las que se efectúan con intervención de las administraciones de correos del país remitente y del país receptor conforme a lo previsto en las Convenciones Internacionales. (Código Aduanero. Artículo 114)
Encomiendas. Franquicias Las encomiendas sin fines comerciales estarán exentas del pago de tributos a la importación, a la exportación y tránsito. Se consideran encomiendas sin fines comerciales aquellas que tuvieran carácter ocasional y que, por la cantidad, calidad, variedad y valor de las mercaderías, pueda presumirse, de acuerdo a la reglamentación correspondiente, que son para uso personal del destinatario o de su familia. (Código Aduanero. Artículo 115)
Encomiendas. Tributación El despacho de las encomiendas con fines comerciales se cumplirá de acuerdo con lo que dispongan las normas reglamentarias que al respecto se establezcan. El despacho de los envíos cuyo peso valor excedan de los límites fijados legalmente, se cumplirá de acuerdo al régimen general de importación o exportación. (Código Aduanero. Artículo 116)
Enmiendas del Sistema Armonizado Modificaciones en el Sistema Armonizado realizadas como promedio cada 5 años, que se producen a nivel de sus textos legales e implican cambio en la clasificación de mercancías. Se efectúa de acuerdo con las disposiciones del Artículo 16 del Convenio del Sistema Armonizado y debe ser aprobada como Recomendación por el Consejo de Cooperación Aduanera. (Glosario de Términos Aduaneros de ALADI)
Entregada Derechos No Pagados (DDU) Entregada Derechos No Pagados significa que el vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería a disposición del comprador en el lugar convenido en el país de importación. El vendedor asume todos los gastos y riesgos relacionados con la entrega de la mercadería hasta ese sitio (excluidos derechos, cargas oficiales e impuestos), así como de los gastos y riesgos de llevar a cabo las formalidades aduaneras (Término extraído de los INCOTERMS 2000)
Entregada Derechos Pagados (DDP) Entregada Derechos Pagados significa que el vendedor asume las mismas obligaciones que en DDU, más los derechos, impuestos y cargas necesarias para llevar la mercadería hasta el lugar convenido. (Término extraído de los INCOTERMS 2000)
Entregada en Frontera (DAF) Entregada en Frontera significa que el vendedor cumple con sus obligaciones cuando entrega la mercadería, despachada en aduana, en el lugar convenido de la frontera pero antes de la aduana fronteriza del país colindante. Es fundamental indicar con precisión el punto de la frontera correspondiente. (Término extraído de los INCOTERMS 2000)
Entregada en Muelle (DEQ) Entregada en Muelle (derechos pagados) significa que el vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería a disposición del comprador sobre el muelle en el puerto de destino convenido, despachada en aduana para la importación (Término extraído de los INCOTERMS 2000)
Entregada sobre Buque (DES) Entregada en Muelle (derechos pagados) significa que el vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería a disposición del comprador a bordo del buque en el puerto de destino, sin despacharla en aduana para la importación. (Término extraído de los INCOTERMS 2000)
Envío, partida o remesa de mercaderías Por envío, partida o remesa de mercaderías se entiende la cantidad de mercaderías que ha sido expedida el mismo día por el mismo suministrador al mismo introductor y que ha sido despachada por la misma oficina de Aduana. (Código Aduanero. Artículo 60)
Equipaje acompañado Es el que lleva consigo el viajero y es transportado en el mismo medio en que viaja, excluido aquél que arribe en condición de carga. (Decreto 572/94. Art.1)
Equipaje de pasajeros Por equipaje de pasajeros se entiende los objetos tanto nuevos como usados que un viajero, en consideración a las circunstancias de su viaje, pudiera razonablemente utilizar para su casa, uso o consumo personal, o para ser obsequiados, siempre que la cantidad, calidad, variedad y valor de los mismos no permitan presumir que se introducen o salen con fines comerciales o industriales. (Código Aduanero. Artículo 108)
Equipaje de pasajeros. Franquicias La entrada o salida de los efectos que constituyen equipaje de pasajeros se halla exenta del pago de tributos a la importación y exportación. (Código Aduanero. Artículo 110)
Equipaje de pasajeros. Modalidades El equipaje puede ser conducido por el propio viajero, o bien ser remitido antes o después del ingreso o egreso de éste del territorio aduanero nacional. La reglamentación establecerá los plazos dentro de los cuales el equipaje no acompañado deberá arribar o salir, según el caso, del territorio aduanero nacional. (Código Aduanero. Artículo 109)
Equipaje de pasajeros. Tributación Los objetos pertenecientes a los pasajeros, que no puedan considerarse equipaje, serán considerados mercaderías generales y estarán sometidos, para su introducción o salida, al régimen general de importación o exportación. (Código Aduanero. Artículo 111)
Equipaje no acompañado Es el que llega al Territorio Aduanero o sale de él, antes o después que el viajero, o que arriba junto con él, pero en condición de carga. (Decreto 572/94. Art.1)
Ex warehouse: (fuera del almacén) El costo "Ex Warehouse" significa que el comprador paga todos los costos de seguro, flete, etc. (Glosario de Términos Aduaneros de ALADI)
Ex work Cláusula empleada en el comercio internacional, cuando la venta se efectúa en la industria donde se ha fabricado el producto. (Glosario de Términos Aduaneros de ALADI)
Exclave Aduanero Por exclave aduanero se entiende la parte del territorio del país, en cuyo ámbito geográfico las disposiciones aduaneras no son aplicables y también la parte del territorio del país, en cuyo ámbito geográfico se permite, la aplicación de las disposiciones aduaneras de otros país. (Código Aduanero. Artículo 6)
Exoneración de gravámenes aduaneros Franquicia tributaria que otorga la exoneración total o parcial de los derechos e impuestos a la importación o exportación de ciertas mercancías en razón de su uso o destino, o por el carácter del importador (Glosario de Términos Aduaneros de ALADI)
Exportación a título definitivo Régimen aduanero en virtud del cual las mercaderías nacionales o nacionalizadas en libre circulación pueden salir en forma definitiva del territorio aduanero, previo cumplimiento de todas las formalidades aduaneras y de otras que sean necesarias así como del pago de los gravámenes a la exportación eventualmente exigibles (Glosario de Términos Aduaneros de ALADI)
Exportación global FOB Corresponde al valor total de las mercaderías que se restan del acervo material de un país debido al movimiento de salida de los bienes al exterior a todo destino, que es registrado por las aduanas. La valoración FOB (free on board) incluye el transporte de los bienes a la frontera aduanera, los gravámenes a las exportaciones y los gastos de carga de las mercaderías al medio de transporte utilizado. (Glosario de Términos Aduaneros de ALADI)
Exportación temporal Régimen aduanero destinado a facilitar la re-importación total o parcialmente libre de derechos e impuestos a la importación de mercancías exportadas con suspensión, si fuere el caso, de los derechos e impuestos a la exportación. "Se puede exigir que las mercancías sean exportadas con un fin determinado y reimportadas dentro de un plazo establecido" (Glosario de Términos Aduaneros de ALADI).
Exportación. Definición La exportación consiste en la salida de plaza, para ser consumidas en el exterior del territorio aduanero nacional de mercaderías nacionales o nacionalizadas, sujeta al pago de tributos o al amparo de las franquicias correspondientes. (Código Aduanero. Artículo 52)
Exportaciones devueltas Cuando un bien exportado se devuelve se incluirá como una reimportación y el bien importado y posteriormente devuelto se incluirá como una reexportación. Las exportaciones e importaciones devueltas se registrarán por separado.La reexportación consiste en la salida de un país o territorio aduanero, de mercaderías o bienes que oportunamente fueron introducidos; no se considera exportación a los fines estadísticos. (Glosario de Términos Aduaneros de ALADI)
Exportador Es la persona natural o jurídica que está dedicada a enviar productos nacionales o nacionalizados al exterior, legalmente, con el objeto que aquellos sean usados y consumidos en el extranjero. (Glosario de Términos Aduaneros de ALADI)
EXW Ex - work, ex ¿ factory, ex ¿ warehouse, ex ¿ mill (Véase En fábrica)