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Término | Descripción |
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Legislación aduanera | Conjunto de disposiciones legales y reglamentarias relativas a la importación, exportación, circulación y depósito de mercancías, cuya aplicación está expresamente encomendada a la aduana, así como cualquier norma dictada por ésta dentro de sus competencias. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Legislación Fitosanitaria | Leyes básicas que conceden autoridad legal al servicio oficial establecido por el gobierno, para desempeñar las funciones específicas requeridas para proteger la vida y salud de los vegetales, incluyendo el control del cumplimiento de los requisitos fitosanitarios en las importaciones, exportaciones, tránsito de mercaderías y bienes, a partir de la cual pueden elaborar las reglamentaciones fitosanitarias. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Legislación Zoosanitaria | Leyes básicas, decretos y resoluciones oficiales que regulan la sanidad animal, las importaciones y exportaciones de animales y productos animales, salvaguardan la salud pública y dan marco legal a las acciones sanitarias relacionadas con la producción de animales y la industria de procesamiento. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Levante o desaduanamiento | Acto que por el cual la aduana autoriza a los interesados a disponer de una mercadería que ha sido objeto de un despacho (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Liberación aduanera | Procedimiento aduanero en virtud del cual se autoriza la exportación o importación de la carga. (Glosario de Términos Aduaneros ¿ ALADI) |
Liquidación | A los efectos de la liquidación de los tributos y de los tratamientos arancelarios de más favor serán aplicables, salvo disposición expresa en contrario, las normas vigentes a las siguientes fechas: a) la de numeración y registro del despacho aduanero o del expediente en su caso, para la importación de las mercaderías; y b) la de la detención o la denuncia, en los casos de contrabando. Pago previo. El pago de los tributos que recaude la Aduana deberá efectuarse antes del desaduanamiento de las respectivas mercaderías, con sujeción a las reglas y excepciones que al respecto se establezcan. (Código Aduanero. Artículo 87-88) |
Lista de pasajeros | Es aquella donde consta la declaración hecha por el Capitán, identificando a los pasajeros que el buque conduce para cada puerto de destino, o la mención de que no los conduce. (Código Aduanero. Artículo 27) |
Lista de provisiones | Es aquella que contiene la declaración genérica hecha por el Capitán, en los plazos que fije la reglamentación, de todos los efectos pertenecientes a la tripulación al buque, al bazar de a bordo, a la despensa, materiales para el mantenimiento y la reparación del buque, utilaje, combustibles y lubricantes. (Código Aduanero. Artículo 26) |