Consultas Franquicias

Fecha: 04/07/2018

Consultas Envíos Postales Internacionales (EPI) amparados al régimen de franquicia

Aplicando filtros mediante esta consulta podrán obtener datos estadísticos de los envíos postales internacionales exonerados de todo tributo amparados al régimen de franquicia.

Acceda al Manual de Uso de la consulta

¿Cómo utilizar la consulta? VIDEO

A través de esta consulta se pueden obtener los siguientes datos (cantidades/medidas):

·         #Guías: Contabiliza la cantidad de guías distintas involucradas en la consulta.

·         Valor (USD): Es el valor total de factura o declaración de valor la mercadería involucrada en la consulta.

Aplicando los siguientes filtros (dimensiones):

·         Categoría mercadería: Es la clasificación asignada a la mercadería, de conformidad con la codificación establecida en la normativa vigente.

·         Fecha de Declaración: Considera los envíos de acuerdo a la fecha de arribo de los mismos al país. Por ejemplo, un envío que arribó en febrero a Uruguay, pero se liberó en marzo, es contabilizado en el mes de febrero. Por tal motivo, dependiendo del momento de la consulta pueden existir modificaciones en la cantidad de envíos y en el monto asociado. En el caso de envíos retenidos por la Dirección Nacional de Aduana, se considera la fecha de liberado.

·         País de Procedencia: Aquel desde donde la mercadería es transportada directamente al país de destino, lo cual no necesariamente coincide con el país de compra de la mercadería. Frecuentemente es el país en el que se consolidan las compras, previo al envío al país de destino.

 

¿Qué es un EPI amparado al régimen de franquicia?

Compras en el exterior

 

Observaciones:

1.     Se consideran las guías declaradas a partir del 1 de enero de 2016 que efectivamente ingresaron al país y aquellas liberadas con posteridad a la presentación de un trámite (pequeño envío) a partir de esa misma fecha.

2.      La fecha de actualización del cubo se encuentra en la consulta.

Fuente de Datos: El cubo se alimenta de las guías courier y los pequeños envíos registrados en el sistema LUCIA.
Se consideran los envíos internacionales que:
-          Tras ser declarados como tipo de envío G fueron liberados como resultado del control realizado por la DNA luego de su arribo al país.

-          En una primera instancia fueron retenidos como resultado del control realizado por la DNA y posteriormente liberados tras la presentación del trámite correspondiente (pequeño envío), amparado en el régimen de franquicia.

5.     Cuando la medida utilizada sea Cantidad de guías y se desglose por categoría de la mercadería, la sumatoria de la Cantidad de guías podrá ser mayor a la Cantidad Total de guías para el período seleccionado, dado que una misma guía puede contener varias categorías. 

6.     Respecto al valor de la guía, se pueden dar distintas situaciones:

·         Cuando una salida de mercadería se dio por el régimen de Courier (sin retención de DNA) entonces se considera el valor declarado en la guía.

·         Cuando una salida de mercadería se dio por el régimen de pequeños envíos (envíos retenidos y verificados por DNA con el usuario o su representante):

-       Si la mercadería se origina en una guía courier entonces se considera el valor de la guía courier prorrateada por la cantidad de líneas que tiene la guía

-       Si la mercadería no se origina de una guía courier entonces se considera el valor del pequeño envío.

7.     Las categorías predefinidas son las establecidas por la normativa vigente (Dto. 356/014 y RG 93/2015).

8.     Para alguna consulta puntual pueden aparecer en los resultados los valores ND, NE o NA, los cuales se deben interpretar de la siguiente manera:

ND (No Definido) - Se trata de un valor inválido.

 

Esto solo podría ocurrir si hay algún error informático, por lo que de constatar esta situación se agradece reportarlo a PlanificacionEstrategica@aduanas.gub.uy

NE (No especificado) - Se da cuando el valor no se especificó y era obligatorio especificarlo.

Esto solo podría ocurrir si hay algún error informático, por lo que de constatar esta situación se agradece reportarlo a PlanificacionEstrategica@aduanas.gub.uy

NA (No aplica) - Se da cuando el valor no se especificó, y era opcional especificarlo.