DEVOLUCIÓN IVA-TAXFREE

Fecha: 20/03/2014

Nombre del trámite: Devolución parcial del Impuesto al Valor Agregado (TAX FREE)

 

 

 

¿Qué es?

Es un régimen de devolución del 80% del Impuesto al Valor Agregado  incluido en  las compras que realicen los turistas no residentes de las siguientes mercaderías: prendas de vestir, artículos de cuero o punto, alimentos, bebidas y artesanías, de producción nacional o extranjera  y siempre que su destino sea ser utilizado o consumido en el exterior del país.

El beneficio establecido se aplicará exclusivamente a operaciones gravadas a la tasa básica del impuesto (22%).

Se puede comprar en efectivo o con tarjeta de crédito.

En el caso de compras con tarjeta de crédito se requerirá:

a) que el titular de la tarjeta de crédito sea una persona física

b) que la misma haya sido emitida en el exterior.

Condiciones para la devolución:

a)    Compras cuyo importe total por factura supere los seiscientos pesos uruguayos ($ 600) no admitiéndose, la acumulación de comprobantes.

b)    Que el turista no residente egrese del país por uno de los puntos      autorizados.

c)    Que los bienes lo lleve consigo el viajero  en el equipaje y en el mismo medio en que viaja.

 

 

 

¿De quién depende?

Ministerio de Economía y Finanzas.

Dirección Nacional de Aduanas

Dirección General Impositiva

 

 

 

¿Dónde y cuándo se realiza el trámite?

El trámite de solicitud de devolución se realiza al egreso del país en los siguientes pasos de frontera:    

 Aeropuerto Internacional de Carrasco

Aeropuerto de Laguna del Sauce

Puerto de Montevideo

Puerto de Colonia

Terminal de Arribos de Cruceros de Punta del Este

Puente Salto - Concordia

Puente Paysandú - Colón

Puente Fray Bentos - Puerto Unzué

 

 

¿Qué se necesita para realizarlo?

  • Ser Turista no Residente.
  • Haber adquirido bienes en Comercios Autorizados, manifestando en el comercio la voluntad de beneficiarse del régimen y presentar el pasaporte emitido en el exterior
  • Para el caso de compras con tarjeta de crédito se requerirá que el titular de la tarjeta de crédito sea una persona física y que la tarjeta haya sido emitida en el exterior.
  • El formulario del Operador Turístico (Global Blue) y las facturas para presentar ante la aduana en el punto de egreso.

 

¿Cómo se hace?

  • Adquirir los bienes en los comercios autorizados (Logo Global Blue)
  • Manifestar en el comercio la voluntad de ampararse en el régimen, presentando pasaporte extranjero o Documento de Identidad - previa emisión del formulario.
  • El comercio autorizado deberá completar - en forma electrónica - el formulario de devolución del IVA y entregar al turista dos vías del mismo junto con la factura correspondiente.
  • El Turista, al llegar a uno de los puntos de egreso previstos, deberá presentar al funcionario aduanero el Pasaporte Extranjero o Documento de Identidad, los formularios y facturasdebidamente completados.
  • La Dirección Nacional de Aduanas intervendrá los formularios correspondientes, autorizando la operación, o denegando la misma en caso de que la solicitud no reúna los requisitos dispuestos.
  • El turista firmará la respectiva constancia de la que surge su conformidad con las condiciones.
  • La Dirección Nacional de Aduanas ingresará en el sistema del Operador Turístico de Reintegro (Global Blue) el número de tarjeta de crédito que el turista proporcione a los efectos de recibir el reintegro.
  • La devolución del IVA se realizará únicamente a través de la tarjeta de crédito presentada (no se admite tarjeta de débito).
  •  El Operador Turístico de Reintegro será el responsable de realizar la devolución luego de la salida del país de los bienes beneficiados con el presente régimen.

 

¿Costos?

No tiene

 

 

 

Forma de solicitarlo:

Personalmente en el comercio autorizado (logo de  GLOBAL BLUE).

Culmina el trámite al egreso del país, presentando los formularios debidamente completados al funcionario aduanero.   

 

 

 

Otros datos de interés:

La devolución sólo alcanzará a aquellas adquisiciones de bienes que acompañen al turista a su salida del país.

En caso de solicitarse la devolución respecto a bienes que no cumplan dicha condición, el solicitante será pasible de una multa de hasta cien veces el monto del crédito indebidamente solicitado.

Se considerará turista no residente, toda persona que teniendo residencia habitual en otro Estado, ingrese al país con fines de turismo, negocios o estudios.

No se considerarán turistas no residentes quienes posean pasaportes extranjeros emitidos en Uruguay.

No operará la devolución del impuesto incluido en tickets o facturas de  restaurantes, hoteles, peajes o  compras de combustibles.

 

 

 

Por más información: Administración de Aduana de Montevideo. Teléfono 2915 0007 int. 421

Asesoría de Comunicación Institucional Teléfono: 29150007 internos 561 o 514

Correo electrónico: info@aduanas.gub.uy

 

 

 

Última actualización: 19/03/2014