Para discapacitados que padezcan ceguera definitiva

Disposiciones relativas al régimen de importación de vehículos para discapacitados.
PRESUPUESTO NACIONAL APRUEBASE PARA EL ACTUAL PERIODO DE GOBIERNO, QUE REGIRA A PARTIR DEL 1º DE ENERO DE 1996
VEHICULOS PARA DISCAPACITADOS SE MODIFICA EL REGIMEN DE IMPORTACION
AUTOMOVILES PARA LISIADOS SE ESTABLECE UN REGIMEN DE IMPORTACION DE AUTOMOTORES ESPECIALES NUEVOS O USADOS Y SE DISPONE SOBRE PROHIBICION DE ENAJENARLOS Y TRANSFERIRLOS, DETERMINANDOSE LAS EXCEPCIONES.
Reglamenta la Ley N° 13.102 de 18/10/962 y la Ley 16.986 de 22/7/998